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Reconstruir las relaciones familiares a través de la mediación

Reconstruir las relaciones familiares a través de la mediación

Introducción

Desde MediAcuerdO, Asociación para la Mediación y PLAN B Mediación, somos conscientes de la existencia de conflictos, y que estos son naturales en las relaciones humanas. Por ello, estamos plenamente convencidos que para abordar los efectos adversos de los mismos, no sólo es suficiente contar con modelos tradicionales para su afrontamiento, como el judicial, donde una tercera persona resuelve, ya que su complejidad trasciende del ámbito jurídico.

En la esfera familiar la posibilidad de utilizar modelos mixtos, en la resolución de conflictos, facilita la participación activa de las personas interesadas. El auxilio de un/a profesional experto/a, imparcial e independiente ayuda a identificar las cuestiones en disputa, para buscar sus propios acuerdos, que solucionen el conflicto o mejoren las relaciones entre las partes. Se trata de proporcionar protagonismo a las personas protagonistas.

Entendemos la Mediación Familiar en este ámbito como un sistema complementario al judicial y no como una competencia. Los operadores jurídicos clásicos continúan teniendo un gran protagonismo. Lo que se busca es un método que permita el abordaje del conflicto de manera más participativo, ya que las intervenciones contenciosas en su mayoría dejan insatisfechas a las personas participantes, desgastadas anímicamente y desechas las relaciones familiares, imprescindibles en aquellos supuestos en los que existen hijos en común.

La Separación, el divorcio, los procesos de modificación de medidas, la regulación de medidas con familia extensa, en definitiva los conflictos del Sistema Familiar, suelen ser de tal complejidad que exceden al derecho de familia. Además de ser un proceso legal, es un proceso emocional intenso, a veces doloroso, con repercusiones múltiples y diversas en los hijos, si los hubiere, en los miembros del matrimonio/pareja, en la familia extensa y en la propia sociedad.

En las rupturas no sólo es necesario deshacer un vínculo jurídico, es necesario proyectar el futuro como no pareja, y este aspecto trascendental no es abordado a través de los métodos clásicos, trasladando los conflictos de pareja a la esfera Parental.

Por ello, entendemos dicho Sistema no adversarial, la mediación, como potencial preventivo de futuros conflictos y con ello de la violencia familiar. La mediación contiene importantes componentes dirigidos a facilitar la comunicación y el entendimiento, siendo las personas intervinientes las que adecuan soluciones creativas a sus intereses y necesidades concretas. Propiciando necesariamente un trabajo de análisis específico de sus circunstancias hasta llegar al consenso.

¿Qué es la Mediación? Aproximación conceptual

Es significativa la convergencia que está produciéndose en el sistema legal español con los países de su entorno. Se destaca las recomendaciones realizadas desde el Consejo de Europa acerca de la utilización de la Mediación, metodología de éxito contrastada en el mundo Anglosajón. La reciente aprobación de la Ley 5/2012, de Mediación en conflictos civiles y mercantiles, consolida la apuesta por un sistema mixto en el abordaje de los conflictos. Con anterioridad a esta Ley contamos con una reciente, aunque nutrida legislación y experiencia en materia de Mediación en asuntos de Familia desarrollada por distintas Comunidades Autónomas.

La Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación de asuntos civiles y mercantiles, conceptúa la Mediación como aquel medio de solución de controversias, cualquiera que sea su denominación, en que dos o más personas intentan voluntariamente alcanzar por sí mismas un acuerdo con la intervención de un mediador.

El Consejo Consultivo de la mediación familiar de Francia, la define como «un proceso de construcción y de reconstrucción del vínculo familiar sobre los ejes de la autonomía y de la responsabilidad de las partes afectadas por un conflicto, en cuyo proceso interviene un tercero imparcial, independiente, cualificado y sin ningún poder de decisión, que es el mediador familiar, para facilitar, a través de la realización de entrevistas confidenciales, la reanudación de la comunicación entre las partes y la autogestión del conflicto dentro del ámbito privado familiar, teniendo en consideración la peculiaridad de las situaciones, su diversidad y la evolución de las relaciones familiares».

Es ilusionante, el impulso al desarrollo normativo que la Comunidad Andaluza ha realizado en los últimos años, dando desarrollo a la Ley 1/2009 reguladora de la Mediación Familiar

Parece una apuesta clara para la utilización de un sistema mixto en la gestión de los conflictos familiares, encontrándonos a la espera de su consolidación.

Esta Ley 1/2009, en su artículo 2.1 entiende por mediación familiar, el procedimiento extrajudicial de gestión de conflictos no violentos que puedan surgir entre miembros de una familia o grupo convivencial, mediante la intervención de profesionales especializados que, sin capacidad de decisión sobre el conflicto, les asistan facilitando la comunicación, el diálogo y la negociación entre ellos y ellas, al objeto de promover la toma de decisiones consensuadas en torno a dicho conflicto.

 

¿Por qué Mediación? Características principales

La Mediación es un método especialmente útil, en la resolución de conflictos surgidos en las relaciones duraderas, donde destaca la existencia de conexiones personales y la interacción continua entre las partes intervinientes. Así, resulta interesante su utilización en conflictos vecinales, laborales, etc. y por supuesto, en las relaciones familiares. En definitiva, en todas aquellas relaciones, que tras el abordaje del conflicto surgido, las relaciones entre sus intervinientes van a continuar.

Las principales características que hacen que nos decantemos por su utilización son las siguientes:

Es un sistema no adversarial.

Respeta mejor la privacidad.

Es más barata, el coste de la resolución de conflictos es mucho menor en la mediación que en un proceso judicial contencioso.

Menor tiempo en su abordaje

Menor desgaste emocional

Posibilita el aprendizaje en la resolución de problemas

Es más flexible

La consolidación de los acuerdos alcanzados en Mediación son claramente mayores que en otro tipo de modelos de resolución de conflictos, al ser las personas intervinientes las que deciden acerca de los temas que les preocupa, adecuando soluciones creativas a sus intereses y necesidades concretas.

Una metodología dicotómica, basada en ganador/a-perdedor/a, fomenta el enfrentamiento, mientras que metodologías más participativas como la mediación, fomentan la resolución definitiva del conflicto. Además de que se favorece que se instalen los pilares para proceder a un pensamiento más plural y no solo el pensamiento del yo y el tú.

 

La mediación en las relaciones familiares.

Ha resultado de especial importancia, las modificaciones legislativas relativas a la regulación de las rupturas matrimoniales. Haber pasado del enfrentamiento que suponía la argumentación sancionatoria que establecía la regulación de la separación y el divorcio en la legislación de 1981, donde se identificaba la separación y divorcio con sanción, a la Ley 15/2005, más preocupada por redefinir el futuro, que por evidenciar los desencuentros del pasado. Residiendo la importancia del argumentario para romper estos vínculos, en unos determinados supuestos basados en el pasado de la relación, sin que en ningún momento se abordara la construcción del futuro, como no pareja. Potenciar la diferencia causaba y causa mayores conflictos, fomentando el y tú más.

En la gestión de los conflictos familiares, los resultados se demuestran más beneficiosos y estables para las partes intervinientes, cuando los operadores jurídicos y sociales que intervienen en esta gestión, entienden la necesidad no sólo de regular jurídicamente la ruptura, sino de realizar un abordaje destinado a ayudar a redefinir los sistemas familiares, sociales, ….que se ven afectados.

Se proponen medidas para solventar el conflicto basadas en la realidad objetiva de las partes y no en la frialdad de un código legislativo. Se fomentan por tanto Soluciones creativas adaptadas a las circunstancias concretas.

Especial interés a la existencia de menores 

en las rupturas de pareja

Podemos decir que una familia se encuentra en conflicto o crisis, cuando se producen cambios estructurales y/o funcionales, que implican transformaciones en el sistema, que tienen que ver con acontecimientos normales del desarrollo familiar u otros que suceden de tipo accidental. Sus consecuencias estarán en función de los recursos familiares y su capacidad adaptativa.

No debemos obviar que una ruptura supone un duelo en la estructura familiar. Ese duelo y el consiguiente reajuste para cada componente de la unidad familiar y de los sistemas afectados, va a tornarse más o menos traumático en función de las habilidades personales con las que se cuente, las capacidades laborales, económicas, la existencia de un entorno facilitador, en definitiva de las características individualizadoras que hacen diferentes y únicos a cada supuesto familiar.

Con la ruptura de pareja, la vida familiar no termina, no desaparece. Ésta se transforma, por lo que las relaciones entre sus miembros tienen que adaptarse a la nueva situación.

Al objeto de resaltar las particularidades de cada estructura familiar, destacamos la importancia de elaborar un Plan de Parentalidad, basado en las capacidades de los progenitores y necesidades de sus hijos. Se trata de un sistema centrado en el conocimiento de la realidad de las personas intervinientes y que tiende a ser flexible y dinámico. Ya que las relaciones familiares y las personas, que en ellas intervienen están sometidas a adaptaciones constantes, en función de elementos tales como la edad, circunstancias laborales, familiares, económicas, influencia del entorno, etc.

Este Plan de Parentalidad, es un documento en el que los progenitores concretan cómo ejercer sus responsabilidades parentales, teniendo en cuenta los factores favorecedores y los factores de riesgo, que limitan el desarrollo de las funciones parentales.

Este ejercicio, ayuda a abordar y prever problemáticas, que puedan surgir y que una inadecuada gestión va a motivar un empeoramiento en las relaciones por la falta de entendimiento, conllevando deterioro en las relaciones con los hijos e hijas.

Son de sobra conocidos los costes emocionales y económicos de un proceso judicial contencioso en ambos progenitores, y sobre todo en los hijos, lastrando el fututo de las relaciones interpersonales necesarias entre los mismos.

 

Recursos especializados en la adaptación de progenitores y menores a la nueva situación familiar

Para una adecuada adaptación de los menores a la separación, se hace necesario que los progenitores tomen conciencia y conozcan en mayor profundidad determinados elementos de su comportamiento y del de sus hijos en el proceso de ajuste a la nueva situación. Por todo esto, diseñamos un programa orientado a que padres e hijos rediseñen su nueva situación familiar.

A fin de facilitar la consecución del Plan de Parentalidad diseñado, para aquellos casos en los que todavía no se han adquirido las capacidades parentales suficientes, se propone la utilización de Recursos especializados como Punto de Encuentro Familiar.

Siendo entendido como un recurso de transición, en el que se trabaja con las partes intervinientes en la consecución, del Plan de Parentalidad, que ellos mismos han diseñado, para permitir un adecuado ejercicio de sus funciones parentales.

 

Redefinición conceptual. Del programa Punto de encuentro familiar a la coordinacion parental y el coach familiar

La demanda social de estos Programas ha hecho que se hayan visto desbordados de manera sistemática. Igualmente y consecuencia de esa saturación y el retraso en su abordaje se revela como los asuntos son cada vez más extremos y las consecuencias más negativas, tanto en progenitores como en menores, se encuentran muy acentuadas.

Debido a esta saturación, no es infrecuente dejar en el olvido uno de los objetivos básicos de la participación en este recurso, la normalización de las relaciones. Facilitando la adquisición de capacidades, que les permita la autonomía suficiente para relacionarse fuera de este Servicio, quedando en no pocas ocasiones como meros informadores, acerca de la ejecución del mandato judicial, y siendo utilizados para poder probar la inadecuación de relaciones de uno u otro progenitor con los menores, sin posibilidad de realizar una intervención dirigida a aproximar las posiciones, que redunde sobre el bienestar del menor.

Atendiendo a esta evidencia, proponemos la utilización del recurso que os presentamos, cuya tarea principal se encuentra basada en una intervención temprana, que permita redefinir las relaciones familiares en el nuevo escenario, sin que las consecuencias adversas del conflicto hagan inviable la recuperabilidad de un clima familiar favorecedor para los menores.

Un menor no debe permanecer en lista de espera para relacionarse con su progenitor/a no custodio u otros familiares, debido a la falta de entendimiento de sus progenitores. El tiempo para él es demasiado valioso y las consecuencias de ese tiempo perdido son imprevisibles.

Hasta ahora la participación en este recurso venía motivadoras reiterados incumplimientos de mandatos judiciales, o bien por la carencia o inadecuación de habilidades parentales. En estos supuestos los métodos utilizados para gestionar el conflicto latente ha sido los clásicos contenciosos, los cuales ponen su acento en la acusación y desprestigio del contrario y no en la voluntad de arbitrar el conflicto

Este Servicio se constituye como un Recurso Especializado, compuesto por un Equipo multidisciplinar que actúa en la prevención y resolución de los conflictos familiares, y en la atención y apoyo de los miembros de la familia, en especial de los hijos, para que se produzca una mejor y más rápida adaptación no traumática, a la nueva situación familiar.Se tiende a la anticipación de las consecuencias negativas de las disoluciones familiares.

Destinamos nuestra intervención a aquellas familias, que encontrándose en un proceso de ruptura, no están gestionando adecuadamente los conflictos que genera la nueva situación familiar. Y esta situación está afectando a las relaciones con sus hijas/os. Para superar esta situación orientamos a los progenitores a implementar su Plan de Parentalidad, y a minimizar el conflicto familiar. De esta forma se protege a los niños de su falta de habilidades, escasa motivación para la toma de decisiones por si mismos/as, o dificultad de cooperación en los acuerdos adquiridos. A través de la Coordinación Parental se auxilia a los padres y madres a enfocar su conducta en la necesidades de los/as niños/as y en el buen desempeño de su parentalidad.

Esto posibilita,

Mantener relaciones parentales después de la ruptura de pareja.

Reconocerse a sí mismo y al otro la capacidad de diálogo.

Permitir que los hijos mantengan relación con cada progenitor.

Entendemos, por tanto este recurso, no como un fin en sí mismo, sino como un instrumento, que facilita una adecuada interrelación entre los progenitores o familiares con los menores.

Se identifica como un momento especialmente sensible para la aparición de conflictos, los encuentros que se producen entre los progenitores, durante las entregas y recogidas de los menores, necesarios para el desarrollo de las relaciones del progenitor no custodio.

Por ello ofrecemos hasta tanto se hayan adquirido las habilidades suficientes, un lugar neutral, que permita desarrollar con normalidad las relaciones con los/as hijos e hijas.

Puede ser utilizado antes, durante o después de regular la situación respecto al menor o menores. No se trata de un fin en sí mismo, sino que se estructura como una herramienta facilitadora para la adaptación a la nueva situación familiar.

Todo ello atendiendo a principios básicos como: inmediatez, profesionalidad e individualización en la atención.

 

Modalidades de los encuentros

Ajustamos la intervención a las necesidades de los menores para ello entre otras ofrecemos las siguientes opciones de intervención:

Visita dirigida (en Centro)

Entrega/recogida (con o sin pernocta)

Entrega/recogida (dirigida en Medio Abierto)

Trabajamos para potenciar la capacidad de llegar a acuerdos, evitando que se permanezca en una constante dinámica de incumplimientos. Tratamos de generar capacidad para mediar.

Ofrecemos un acompañamiento personalizado en el proceso de adecuación a la actual situación familiar, tendiendo una red facilitadora, que revierta en el bienestar de progenitores, menores, y otros sistemas que se han visto afectados por la ruptura través de la figura del coordinador parental. Cuando la mediación familiar es insuficiente por la falta de colaboración de los progenitores, se actúa como orientador/asesor para el cumplimiento de los acuerdos adoptados. Se utiliza la mediación como técnica para solventar los conflictos y acercar las posturas enfrentadas. Se interviene para proporcionar habilidades a los progenitores y familiares que tiendan a una Parentalidad Positiva.

Se persigue evitar llegar a una dinámica de incumplimientos por una parte ofreciéndo la posibilidad de trabajar con padres e hijos para que puedan llegar a acuerdos y mejorar la relación.

Nuestra intervención nos distingue por la inmediatez y flexibilidad en la atención, la individualización en la intervención acompañamiento en la toma de decisiones, así como en la capacidad de realizar un abordaje integral en las relaciones familiares. Pudiendo hacer partícipes a otros Sistemas Familiares periféricos o secundarios. Todo ello persiguiendo una adecuación a las circunstancias específicas de la familia, las cuales la hacen diferente a cualquier otra.

Para acceder a este recurso de carácter privado, es imprescindible que las partes en conflicto muestren su voluntad de acceder a él, bien mediante sus representantes legales o personalmente.

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