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Novedades Bibliográficas nº 160

Revista Andaluza de Derecho del Deporte

La extraordinaria pujanza del Derecho Deportivo en las últimas décadas, la necesidad de adoptar nuevos cauces jurídicos en los que se desenvuelva el mundo del deporte, la conveniencia de investigar en las ciencias jurídicas para encontrar modelos adecuados que solucionen la amplia polémica deportiva, han encontrado eco en la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte de la Junta de Andalucía y nos han llevado a apoyar sin reservas, la creación de la “Revista Andaluza de Derecho del Deporte”, que con este primer número, semestral, ve su luz, con vocación de continuidad.

Hemos querido, en otro orden de cosas, que las diversas corrientes doctrinales y del ejercicio cotidiano del Derecho Deportivo, estén representados, sin exclusión, en esta Revista Andaluza de Derecho del Deporte, el mundo universitario, con destacados profesores de las distintas universidades andaluzas, el Consejo Andaluz del Deporte, de reciente creación, el Comité Andaluz de Disciplina Deportiva, y las Asociaciones, la Asociación Andaluza de Derecho Deportivo y la Asociación Profesional de Derecho Deportivo, constituyen un amplio elenco, doctrinal y divulgativo, del Derecho Deportivo, en nuestra Comunidad Autónoma, todos sin excepción, tienen cabida en el Consejo de Redacción de esta Revista que, bajo el impulso de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte de la Junta de Andalucía, con sus diversas aportaciones que nos puedan efectuar, quienes también se dedican al Derecho Deportivo, fuera de nuestra Comunidad Autónoma, al nacer la revista con vocación de universalidad, dado que problemas como la violencia o el dopaje en el deporte, exceden del ámbito de nuestra Comunidad Autónoma.

Por último, animo al Consejo de Redacción de la Revista, compuesto por ilustres juristas andaluces, a continuar sin desmayo la tarea iniciada, con el entusiasmo, conseguiremos poner en marcha esta Revista y que sirva de referente del Derecho Deportivo que se hace en nuestra Comunidad Autónoma y nuestro País, España, en el desarrollo de esta tarea, contarán siempre con el impulso de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte. (Libro disponible en la Biblioteca Colegial, sección Derecho Deportivo).

Manuel Jiménez Barrios. Secretario General para el Deporte en Andalucía

Comentarios a la Ley de Arrendamientos Rústicos

Autores: Rafael Ballarín Hernández, María Dolores Más Badia. Editorial Tecnos. 832 páginas. La Ley 49/2003, de 26 de noviembre, de Arrendamientos Rústicos, ha sufrido una importante modificación con la entrada en vigor de la Ley 26/2005, de 30 de noviembre. La Ley se muestra en la actualidad más estricta en cuanto a los requisitos de capacidad exigidos al arrendatario, se amplía el plazo de duración mínima del contrato a cinco años, se introducen derechos de tanteo y retracto a favor del arrendatario rústico profesional de la agricultura, etc. En esta obra, los autores ofrecen al lector un análisis con aspiraciones de rigor jurídico y profundidad, que huye de visiones economicistas o politizadas e intenta reflexionar con perspectiva netamente jurídica. Se ha dado una especial importancia al estudio de la jurisprudencia aplicable a cada una de las normas comentadas. Para dotar de mayor utilidad se han incluido varios formularios, tanto de contratos como procesales, que sirven de apoyo a los prácticos del Derecho en esta materia.

Sentido y límites de la discrecionalidad judicial

Autor: Manuel Segura Ortega. Editorial Universitaria Ramón Areces. 108 páginas. Este libro analiza algunos de los aspectos fundamentales del arbitrio judicial. Se trata de determinar en qué consiste, cómo se manifiesta y cuáles son sus limitaciones. Para ello se estudia, en primer lugar, el origen de la discrecionalidad que, en un sentido amplio, puede encontrarse en la denominada indeterminación del Derecho (en sus múltiples manifestaciones). A continuación se describen los elementos básicos que deben estar presentes para que el ejercicio del arbitrio pueda reputarse como legítimo (fundamento normativo, libertad de elección y exigencia de motivación). Por último, se examinan los diferentes instrumentos que puedan utilizarse para el control de la discrecionalidad judicial.

La ejecución de las sanciones administrativas en el ámbito de la Unión Europea

Autor: Alfonso Ybarra Bores. Editorial Instituto Andaluz de Administración Pública. La obra objeto de esta recensión, de la que es autor el Dr. Alfonso Ybarra Bores, Abogado y Profesor de Derecho internacional privado de la Universidad Pablo de Olavide, analiza de forma audaz la posibilidad de atribuir efectos extraterritoriales a los actos sancionadores adoptados por la Administración en el ejercicio de la potestad sancionadora. Existiendo hoy una aceptación unánime en torno al reconocimiento y ejecución en el extranjero de las resoluciones judiciales civiles, mercantiles, laborales y aun penales, el autor da un paso cualitativo y aborda las dificultades que se presentan ante la pretensión de conceder efectos extraterritoriales a los actos administrativos sancionadores.

Se trata de un plausible objetivo no ya en el plano teórico (donde se carecía de un estudio sistemático como el que ahora comentamos), sino también práctico habida cuanta de la indudable internacionalización de las situaciones jurídicas, que ha dado lugar a que cada vez resulte más frecuente la imposición de sanciones a personas que tienen situado el grueso de su patrimonio en otro país diferente al sancionador. En la monografía glosada se analizan cuestiones tan relevantes como las dificultades existentes en este ámbito para aceptar la extraterritorialidad por encontrarnos ante una de las manifestaciones del ius puniendi del Estado y operar el “principio de territorialidad”; las peculiaridades de los procedimientos sancionadores con elemento extranjero, donde, a efectos principalmente de un debido respeto al derecho de defensa y de la posible eficacia extraterritorial, habrán de ser adoptadas determinadas precauciones en materia de notificaciones y de prueba; o la institución del reconocimiento, típica del Derecho internacional privado, y que presupone el control en el Estado de origen de los principios que rigen la potestad sancionadora y el procedimiento sancionador.

La elaboración de este excelente trabajo ha resultado paralela al proceso de implantación en la UE del principio de reconocimiento mutuo en el ámbito judicial civil y penal, lo cual ha supuesto contar con un mecanismo atractivo para acoger en su ámbito la regulación de la extraterritorialidad del acto administrativo sancionador. Aunque la aplicación del principio de reconocimiento mutuo esté prevista en el ámbito judicial en esos sectores, mantiene el autor con loable proyección científica que la indudable aplicación en este último campo ha abierto el camino para facilitar su extensión también al ámbito administrativo sancionador. En este proceso constituye un hito la Decisión Marco 2005/214, sobre aplicación del principio de reconocimiento mutuo a las sanciones pecuniarias, que se aplicará en marzo de 2007, de la cual se hace un minucioso estudio en las páginas de esta monografía.

El análisis acometido, superando los profundos obstáculos que han ido apareciendo en el camino propuesto (y que no escapan a la mente de cualquier jurista avezado), ha permitido finalmente al Doctor Ybarra Bores ofrecer una novedosa propuesta de regulación, a modo de cierre, de aquellos aspectos que considera más necesarios de tratamiento en un escenario de eficacia extraterritorial de los actos sancionadores, sobre los cuales no es oportuno entrar ahora para que sea el propio lector quien lo descubra. En definitiva, la obra de este Profesor -de cuya calidad es muestra la mención especial obtenida en la IX edición de los premio Blas Infante otorgados por la Junta de Andalucía-, es una clara muestra de la investigación de las más alta calidad que se viene realizando en esta joven Universidad pública sevillana; con ella se ofrece un armonioso estudio que aporta un instrumento jurídico imprescindible para instaurar con garantías el principio de reconocimiento mutuo en relación a las sanciones administrativas, como una vertiente más de la continuidad de las relaciones transfronterizas en que los seres humanos se hallan inmersos en una sociedad globalizada.

Andrés Rodríguez Benot.

Fray Pedro Ponce de León, el mito mediático

Autores: Antonio Gascón Ricao y José Gabriel Storch de Gracia y Asensio. Editorial Universitaria Ramón Areces. 568 páginas. Biografía que nos descubre, con carácter crítico, provocador e iconoclasta, despojado de toda valoración hagiográfica, la dimensión completa de un fray Pedro Ponce de León real, de carne y hueso, que supera a la tradicional del humilde fraile desinteresado por lo mundano y en la que, junto a aspectos indudablemente positivos, salen a la luz otros menos edificantes e, incluso, claramente censurables. Después de publicada esta obra, sabemos que el fraile benedictino sigue siendo un referente dentro de la evolución del arte de enseñar a los sordos, pero ocupando el lugar justo que le corresponde; y conocemos también los errores y encubrimientos acerca de hechos, fechas, lugares y valoraciones que se han venido repitiendo harto reiteradamente en las crónicas, enciclopedias y estudios de cualquier nivel.

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